Este Tribunal Único de Primera Instancia en Responsabilidad Penal Adolescente con Funciones de Ejecución, En Nombre de la Republica Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, de conformidad con lo establecido en el artículo 647, literal c de la Ley Orgánica Para la Protección, del Niño, Niñas y Adolescentes revisa la sanción impuesta y de conformidad con el articulo 647 literal h decreta el Cese de la medida impuesta al adolescente IDENTIDAD OMITIDA DE CONFORMIDAD CON LO ESTABLECIDO EN EL ARTICULO 65 DE LA LOPNA por el cumplimiento de la sanción Impuesta, en consecuencia el cese de la misma.