este Tribunal de Ejecución de Responsabilidad Penal del Adolescente de Santa Ana de Coro Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley y de conformidad con los artículos 645 y 647 literal h de la Ley Orgánica para la Protección del Niño Niña y adolescente Decreta la Cesación de la medida impuesta por cumplimiento de la misma al adolescente IDENTIDAD OMITIDA DE CONFORMIDAD CON LO ESTABLECIDO EN EL ARTICULO 65 DE LA LOPNA , Y en consecuencia se ordena la Cesación de la medida y la libertad plena del adolescente.