Por todos los argumentos expuestos este Tribunal de Ejecución de Responsabilidad Penal del Adolescentes de Santa Ana de Coro Estado Falcón, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, resuleve:Primero: Se impone personalmente al sancionado IDENTIDAD OMITIDA de la sanción impuesta por el Tribunal Primero de los municipios Falcón y los Taques, de la Circunscripción Judicial del estado Falcón, actuando como Juzgado de Control de Responsabilidad Penal del Adolescente en audiencia preliminar realizada en fecha 12-12-2013, la cual consiste en la aplicación de las Medidas SOCIO EDUCATIVAS de IMPOSICION DE REGLAS DE CONDUCTA Y LIBERTAD ASISTIDA, de forma simultanea por el lapso de seis (6) meses, de conformidad con el artículo 620 literal "b" de la Ley Orgánica Para La Protección de Niños, Niñas y Adolescentes, concatenada con el artículo 624 y 626 ejusdem. Segundo: Se le imponen como REGLAS DE CONDUCTA la obligación de cumplir las.....