Este Tribunal de Ejecución de Responsabilidad Penal del Adolescente de Santa Ana de Coro Estado Falcón Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley Impone al Joven adolescente, IDENTIDAD OMITIDA, del cumplimiento de la Medida de Privativa de Libertad por el lapso de Un (01) Año seguido de Seis meses de la medida de Libertad Asistida por estar incurso en la comisión del delito de Robo Agravado, Porte Ilícito de Armas de Fuego, Resistencia a la Autoridad Y Ultraje al Pudor Publico, Previstos y Sancionados en los Artículos 458, 272, 277, 218,y 381 del Código Penal en concordancia con el artículo 628 de la ley Orgánica para la Protección de niño niña y adolescente en Perjuicio de los Ciudadanos Elvis Gregorio Méndez Polo, Yelimar Ventura, Águeda Jesús Díaz Pereira y su menor Hija IDENTIDAD OMITIDA a quien se le informo que ha cumplido al dia por lo que ha cumplido al día 19 de diciembre del 2013, fecha de la realización de la a.....