DECISION
Por las razones antes expuestas este tribunal de Ejecución, administrando justicia en nombre de la Republica Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, impone al adolescente: IDENTIDAD OMITIDA DE CONFORMIDAD CON LO ESTABLECIDO EN EL ARTICULO 65 DE LA LOPNA, de la decisión dictada en fecha 14-10-03, por la Corte de Apelaciones de este Circuito Penal. Libérese el correspondiente oficio a la Defensoria del niño y del adolescente. Quedan notificadas las partes de la decisión dictada en la sala N° 2.
El juez de Ejecución
Abg. Gregorio Carrasquero
La secretaria
Abg. Jenny Oviol Rivero