Por las razones antes expuestas este tribunal de Ejecución, administrando justicia en nombre de la Republica Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara en rebeldía al ciudadano Adolescente: José Antonio Vargas, indocumentado, a quien se le sigue la presente causa por el delito contra la propiedad “Arrebaton”, de conformidad con el articulo 617 de la Ley Orgánica para la Protección del Niño y del Adolescente y ordena su ubicación inmediata Libérese la correspondiente boleta. Notifíquese a las partes.
El juez de Ejecucion
Abg. Gregorio Carrasquero
EL secretario
Abg. Juan Carlos Jiménez
En esta misma fecha se cumplió con lo ordenado
EL secretario
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