este Tribunal de Ejecución de Responsabilidad Penal del Adolescente Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley Primero Decreta el CESE de la medida de LIBERTAD ASISTIDA Y REGLAS DE CONDUCTA al joven adulto CESAR ALEJANDRO MOLINA GALVIZ, venezolano, titular de la cédula N° V- 18.959.245 nacido en fecha 16-05-1989 y residenciado en la Calle San Ignacio Manzana Nº 28 casa Nº 09 del Sector Universitario del Municipio Carirubana de la cuidad de la Punto Fijo del Estado Falcón, por estar incurso en la comisión del delio de ROBO AGRAVADO EN GRADO DE FRUSTRACIÓN Previsto en los artículos 458 en concordancia con el articulo 80 Código Penal y sancionado en el Articulo 628 parágrafo Segundo de la ley Orgánica para la protección del niño niña y adolescente, ahora bien por cuanto el joven en cuestión ha cumplido a cabalidad con las medidas antes señaladas de conformidad con los artículos 624 y 625 concatenado con los artículos 64.....