Por todos los Argumentos antes expuestos este Tribunal de Ejecución de Responsabilidad Penal del Adolescente con sede en Santa Ana de Coro Estado Falcón Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley acuerda: PRIMERO: Se decreta el cese de la medida de privación de libertad impuesta de conformidad al artículo 628 de la Ley Orgánica para la Protección del Niño, Niña y Adolescente a favor del adolescente IDENTIDAD OMITIDA, todo de conformidad a lo previsto en los artículos 628, 645 y 647 literal h de la Ley Orgánica para la Protección del Niño, Niña y Adolescente. SEGUNDO: Se le impone del inicio del cumplimiento de la medida socio educativa de 12 meses de Libertad Asistida a tenor de lo dispuesto en el artículo 626 de la Ley Orgánica para la Protección del Niño, Niña y Adolescente a partir del día 22-8-2014, Líbrese la correspondiente boleta de libertad. Remítase copia certificada de la sentencia a la Entidad de Atención para Varon.....