Por todos los argumentos antes expuestos este Tribunal de Ejecución Sección Adolescentes de este Circuito Judicial Penal acuerda, de conformidad con el articulo 647, literal e de la Ley Orgánica para la Protección del Niño y del Adolescente, ratificar la medida de privación de libertad que tiene impuesta el sancionado IDENTIDAD OMITIDA. Quedan notificadas las partes de la presente decisión.
Abog. Samuel Saher Martínez Juez de Ejecución Seccion Adolescentes Abog. Soly Romero
Secretaria