este Tribunal de Ejecución de Responsabilidad Penal del Adolescente de Santa Ana de Coro Estado Falcón Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley Impone al adolescente Identidad omitida de conformidad con lo establecido en el artículo 65 de la Ley Orgánica para la Protección del Niño y del Adolescente,, la sanción de Reglas de Conductas por el lapso de dos años, las cuales consisten en: 1) Consignar constancia de trabajo y estudios; 2) No consumir ningún tipo de sustancias estupefacientes ni psicotrópicas ; 3) No estar en la calle a altas horas de la noche, informándole que la sanción culmina el 25 de octubre de 2012.Cúmplase