este Tribunal de Ejecución de Responsabilidad Penal del Adolescente con sede en Santa Ana de Coro Estado Falcón Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley RESUELVE:
PRIMERO: Se decreta a favor del joven JOSE GREGORIO JORDAN, TITULAR DE A CÉDULA DE IDENTIDAD NRO 28.039.015 A PARTIR DEL DÍA 28 DE ABRIL DE 2016 el cese por cumplimiento de medida consistente en UN (01) AÑO Y SEIS (06) MESES DE PRIVACIÓN DE LIBERTAD, establecido en el artículo 628 de la Ley Orgánica para la Protección del Niño, Niña y Adolescente.
SEGUNDO: Se le debe imponer a los JOSE GREGORIO JORDAN el cumplimiento inmediato de la medida socioeducativa de la sanción de REGLAS DE CONDUCTA prevista en el artículo 624 de la Ley Orgánica para la Protección del Niño, Niña y Adolescente, motivo por el cual se ordena librar boleta de libertad a favor del Joven JOSE GREGORIO JORDAN ANTES IDENTIFICADO, para hacerse efectiva a partir del día 28 DE ABRIL.....