En razón de los motivos de hecho y de derecho ut supra expuestos, este JUZGADO SEGUNDO DE PRIMERA INSTANCIA DE JUICIO TANTO PARA EL RÉGIMEN NUEVO COMO PARA EL RÉGIMEN TRANSITORIO DEL CIRCUITO JUDICIAL LABORAL DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO FALCÓN, con sede en Santa Ana de Coro, administrando justicia en nombre de la REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA y por la autoridad que confiere la ley, DECLARA: UNICO: LA HOMOLOGACIÓN de la transacción realizada por el ciudadano ROLANDO ANTONIO MARTINEZ ROMERO, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad No. 5.293.279, de este domicilio, representado por su apoderada judicial, Procuradora de Juicio de los Trabajadores, Abg. CARLA PEROZO, inscrita en el Inpreabogado bajo el No. 168.193, y la ALCALDIA DEL MUNICIPIO ZAMORA DEL ESTADO FALCON, representada por el abogado en ejercicio RAUL SEGUNDO GUILLEN SIBADA, inscrito en el Inpreabogado bajo el No. 124.902. Se le imparte el carácter de cosa juzgada, se declara terminado el .....