Por las consideraciones este Juzgado Primero de Juicio de Primera Laboral Instancia de la Circunscripción Judicial del Estado Falcón, con sede en Santa Ana de Coro, administrando justicia, en nombre de la Republica Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la ley, DECLARA: PRIMERO: Se admiten las pruebas presentadas y promovidas por el abogado JOSE BELTRAN VILORIA JEREZ, inscrito en el Inpreabogado bajo el No. 31.342, actuando en su carácter de Apoderado Judicial de los ciudadanos JOVANNYS RAFAEL ARROYO, ALBERTO RAMON PACHANO RODRIGUEZ, JESUS ALBERTO DUNO RODRIGUEZ, JOSE ANGEL PACHANO RODRIGUEZ, OSWALDO ALBERTO ARIAS PEÑALOZA, LUIS RAFAEL GONZALEZ, y ORLANDO JESUS ARIAS PEÑALOZA, venezolanos, mayores de edad, titulares de las cédulas de identidad Nos. 11.806.585, 10.704.535, 14.722.951, 14.735.693, 15.460.008, 15.459.969 y 12.182.949; a excepción de la prueba de exhibición de los Libros DIARIO Y LIBRO MAYOR, de los años 2005, 2006, 2007, 2008, 2009 y 2010, de las codemandadas, y .....