DISPOSITIVA
Por las anteriores consideraciones, este JUZGADO SEGUNDO DE PRIMERA INSTANCIA DE JUICIO DEL NUEVO RÉGIMEN Y DEL RÉGIMEN PROCESAL TRANSITORIO DEL TRABAJO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO FALCÓN, con sede en Santa Ana de Coro, administrando justicia, en nombre de la REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA y por autoridad de la ley, DECLARA: PRIMERO: Se admiten las pruebas presentadas y promovidas por el abogado IVAN COROMOTO MONTAÑEZ ROJAS, inscrito en el Inpreabogado bajo el No. 136.103, actuando en su carácter de apoderado judicial del ciudadano VENANCIO JOSE RODRIGUEZ GALICIA, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad No. 3.682.575. SEGUNDO: Se admiten la pruebas promovidas y presentadas por el abogado ANTONIO JOSE ORTIZ NAVARRO, inscrito en el Inpreabogado bajo el No. 67.754, obrando en representación de la empresa demandada INZOCA DISTRIBUCIONES, C.A. (INZODISCA), supra identificada.
PUBLÍQUESE, REGÍSTRESE.
Déjese copia certificada por.....