En virtud de lo expuesto, este TRIBUNAL SEGUNDO DE PRIMERA INSTANCIA DE JUICIO DEL NUEVO RÉGIMEN Y DEL RÉGIMEN PROCESAL TRANSITORIO DEL TRABAJO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO FALCÓN, administrando justicia en nombre de la REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA y por la autoridad de la ley, declara: PRIMERO: Competente para conocer del Recurso de Nulidad de Acto Administrativo de Efectos Particulares interpuesto por el ciudadano por el ciudadano FRANCISCO DE ABREU FARIA, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad No. 9.506.470, en su carácter de Presidente de la empresa HIPERMERCADO LHAU, COMPAÑÍA ANÓNIMA, representada por los abogados en ejercicio ANTONIO ORTIZ NAVARRO y MARIA QUINTERO GUTIERREZ, ya identificados; contra la Providencia Administrativa No. 010-2015, de fecha 10 de febrero del año 2015, dictada por la Inspectoría del Trabajo de Santa Ana de Coro, contenida en el expediente administrativo distinguido con el No. 020-2015-01-000320. SEGUNDO: Se admit.....