En razón de los motivos de hecho y de derecho expuestos, este TRIBUNAL SEGUNDO DE PRIMERA INSTANCIA DE JUICIO TANTO PARA EL REGIMEN NUEVO COMO PARA EL REGIMEN TRANSITORIO DEL CIRCUITO JUDICIAL LABORAL DE LA CIRCUNSCRIPCION DEL ESTADO FALCON, con sede en Santa Ana de Coro, administrando justicia en nombre de la REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA, y por autoridad de la ley, DECLARA: PRIMERO: SIN LUGAR, la pretensión de la demanda incoada por el ciudadano JUAN JOSE ZARRAGA, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad No. 9.501.742, de este domicilio; contra la entidad laboral SECRETARÍA DE EDUCACIÓN DEL ESTADO FALCON; en el juicio seguido por cobro de Beneficio de Alimentación. SEGUNDO: No hay condenatoria en aplicación de lo previsto en el artículo 64 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo.