Por las consideraciones que anteceden, este TRIBUNAL SEGUNDO DE PRIMERA INSTANCIA DE JUICIO DEL TRABAJO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO FALCÓN con sede en Santa Ana de Coro, administrando justicia en nombre de la REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA y por autoridad de la ley, DECLARA: PRIMERO: Admitidas las pruebas promovidas por la abogada BÁRBARA YSABEL ABREU SIRIT, inscrita en el INPREABOGADO bajo el No. 251.241, Sindica Procuradora del Municipio Miranda del Estado Falcón, actuando en nombre de la CONTRALORÍA DEL MUNICIPIO MIRANDA DEL ESTADO FALCON.