DISPOSITIVA
En razón de los motivos de hecho y de derecho antes expuestos, este JUZGADO SEGUNDO DE PRIMERA INSTANCIA DE JUICIO TANTO PARA EL RÉGIMEN NUEVO COMO PARA EL RÉGIMEN TRANSITORIO DEL CIRCUITO JUDICIAL LABORAL DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO FALCÓN, con sede en Santa Ana de Coro, administrando justicia en nombre de la REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA y por autoridad de la ley, DECLARA: PRIMERO: LA HOMOLOGACIÓN del ofrecimiento y/o acuerdo de pago realizado entre las partes, establecido en la cantidad de QUINCE MIL BOLIVARES (Bs. 15.000,00), los cuales serán cancelados de la siguiente forma: La suma de cinco mil Bolívares (Bs. 5000,00), que fueron cancelados el día de la celebración de la audiencia de fecha 21de julio de 2009; la suma de cinco mil Bolívares (Bs. 5.000,oo), que serán pagados el día 31 de julio de 2009; y la suma de cinco mil Bolívares (Bs. 5.000,oo), que serán pagados el día 14 de agosto de 2009; en el juicio incoado por el ciudadano MANUEL ALBERT.....