En virtud de la conciliación celebrada el 02 de agosto de 2006, en relación a la Obligación alimentaria a favor de los niños: Maydili Esthefani y Gregori José Borges Zambrano, de ocho (08) y once (11) años de edad, respectivamente, entre los padres los ciudadanos: Noraima Josefina Zambrano Naveda y José Baldemaro Borges Martínez, plenamente identificados, y de conformidad con lo establecido en los artículos 365 s.s. de la Ley Orgánica para la Protección del Niño y del Adolescente (L.O.P.N.A). En consecuencia, este Tribunal de Protección del Niño y del Adolescente de la Circunscripción Judicial del Estado Falcón, Extensión Tucacas, administrando Justicia en nombre de la Republica Bolivariana de Venezuela y por la Autoridad de la Ley pasa a impartir la correspondiente HOMOLOGACIÓN de conformidad con el artículo 315 de la Ley especializada en la materia y el artículo 375 eiusdem concatenado con el artículo 363 del Código de Procedimiento Civil y considérese como asunto pasado en autorida.....