este Tribunal de Protección del Niño y del Adolescente de la Circunscripción Judicial del Estado Falcón, Extensión Tucacas, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara la CONVERSION DE LA SEPARACION DE CUERPOS de los ciudadanos: JOSE LUIS DIAZ QUEVEDO y EDITH AMERICA QUEVEDO, ambos identificados suficientemente en autos y en consecuencia, DISUELTO el vínculo que los unía desde el día 7 de julio de 1987, fecha en que contrajeron matrimonio civil por ante la Prefectura del Municipio José Laurencio Silva del Estado Falcón.-