DISPOSITIVA
Por las razones antes expuestas, Tribunal Primero de Control del Circuito Judicial Penal del Estado Falcón, Extensión Punto Fijo, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley DECRETA: a los ciudadanos: Marcos Acosta, venezolano, mayor de edad, Titular de la Cédula de Identidad Personal N° 10.970.646, residenciado en la Calle Cuba N° 9 de Punto Fijo, Estado Falcon y Pedro Vargas, venezolano, mayor de edad, Titular de la Cédula de Identidad Personal N° 11.769.165, residenciado en Punto Fijo, Estado Falcon. EL SOBRESEIMIENTO, en el presente asunto penal, con motivo de la presunta comisión del Delito de Hurto Calificado, previsto y sancionado en el articulo 455 numeral 6° del Código Penal Venezolano vigente para la época, en perjuicio del ciudadano: Sánchez Alejandro Antonio y declara Extinguida la Acción Penal en la presente causa, de conformidad con el numeral 3 del artículo 318 del Código Orgánico Procesal Penal. Re.....