Por todo lo antes expuesto Este Tribunal Primero de Control Administrando Justicia en Nombre de la Republica Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley ADMITE la Solicitud de Auxilio Judicial interpuesta por la ciudadana ISBELIA NAVEDA DE MARIN, venezolana, mayor de edad, casada, de 43 Años de edad, titular de la cédula de identidad personal número: 5.753.691, domiciliada en la Avenida Principal de la Urbanización Antiguo Aeropuerto, casa N° B-4, Municipio Carirubana Estado Falcón. Se Ordena Remitir al Ministerio Publico las presentes actuaciones a los fines de que se practiquen la Investigación Preliminar, así como las diligencias debidamente explanadas en la solicitud y se proceda de conformidad con el articulo 403 del Código Orgánico Procesal Penal. Ofíciese y Notifíquese lo conducente al Ministerio Publico de Guardia remítase Copia certificada de las actuaciones que conforman el presente Asunto, Notifíquese al solicitante del contenido del presente auto. Así se Dec.....