Por todo lo antes expuesto este Tribunal Primero de Primera Instancia Penal en funciones de Control del Circuito Judicial penal del Estado Falcón Extensión Punto Fijo, Administrando Justicia en nombre de la República y por Autoridad de la Ley, Resuelve:
Único Se le imponen Medidas Cautelares de las establecidas en el artículo 39 de la Ley Sobre La Violencia Contra la Mujer y La Familia en el ordinal 9°, consistentes en la prohibición de acercarse a la residencia y no ejercer violencia física, ni verbalmente a las personas que residen en ella, al ciudadano LUIS ANTONIO RODRIGUEZ LACLE, cédula de identidad Nº 7.574..038, cocinero, hijo de Luis Antonio Rodríguez y de Iria Lacle de Rodriguez, nacido en fecha: 07-08-1965, casado, residenciado en: Comunidad Cardon, avenida 13 con calle 07, casa N° 190, campo maraven a media cuadra de la antigua panaderia el Cardón, PUNTO FIJO, ESTADO FALCÓN, por la presunta comisión del delito de VIOLENCIA FISICA, previsto y sancionado en el artículo 17.....