Por lo antes expuesto este Tribunal Primero de Control del Circuito judicial Penal del Estado Falcón, Extensión Punto Fijo, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, acuerda la Revisión de la Medida y como consecuencia acuerda sustituirle la Privación Judicial Preventiva de Libertad, al ciudadano MIGUEL ANGEL CEBALLOS GONZALEZ, Nacionalidad Venezolana titular de la cédula N° 18.632.380, estado civil soltero, de profesión obrero, de 23 años de edad, nacido en fecha 23-10-1989, y Residenciado: Sector Antonio José de Sucre Calle Isiro Calle Nº 13 de la Ciudad de Punto Fijo, Estado Falcón, por la medida cautelar sustitutiva establecida en el numeral tercero del artículo 242 del Código Orgánico Procesal Penal, consistente en la presentación periódica cada Quince (15) días por ante la oficina de alguacilazgo de este Circuito judicial Penal. Líbrese la Boleta de Excarcelación a la Cárcel de Tocorón, estado Aragua. Notifíquese a la .....