Por tales consideraciones, se ordena la continuación del trámite del asunto principal de conformidad con lo establecido en el artículo 94 del Código Orgánico Procesal Penal, por lo que se ordena remitir el presente asunto principal a la URDD, a los fines de que prosiga el curso legal, y sea distribuido entre los Tribunales de Control que funcionan en esta sede judicial. Se acuerda abrir cuaderno separado en virtud de la recusación planteada y remitirla de forma inmediata a la Corte de Apelaciones de este Estado. Propongo como pruebas documentales a los fines de sustentar el presente informe de recusación, las siguientes:
En conclusión solicito que se de el tramite de Ley correspondiente a la recusación interpuesta y que sea declarada sin lugar, con los pronunciamientos a que haya lugar, conforme a la normativa adjetiva penal vigente. Notifíquese a las partes de la recusación planteada y de lo ordenado en la presente acta.
El Juez Primero de Control
ABG. VICTOR MOLINA VALD.....