DECISION
Por los razonamientos antes expuestos, este Tribunal de Control del Circuito Judicial Penal del Estado Falcón Circuito Judicial Penal de Punto Fijo basado en la sana critica con observancia de las reglas de la lógica, las máximas de experiencia y los conocimientos científicos, Administrando Justicia, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, CONDENA al ciudadano HURTO SIMPLE EN GRADO DE FRUSTRACION, previsto y sancionado en el artículo 451 en concordancia del artículo 80 del Código Penal Venezolano. Cometidos en las circunstancias de modo, tiempo y lugar especificados en este fallo. Culminando la referida pena el 11 de Noviembre de 2011.
Notifíquese a las partes de la publicación de la presente resolución. Remítase las actuaciones a la Unidad de Recepción y Distribución de Documentos, a los fines de su remisión al Juez de Ejecución, una vez haya quedado definitivamente firme la presente sentencia.
El Juez Primero de Control
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