Por lo antes expuesto este Tribunal Primero de Control del Circuito Judicial Penal del Estado Falcón, extensión Punto Fijo, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, le amplía el régimen de presentaciones al ciudadano JOSE GREGORIO GOITIA COLINA, mensualmente, por lo que deberá presentarse por ante el Alguacilazgo de este Circuito Penal, dentro de los tres (3) primeros días de cada mes, de conformidad con el ordinal tercero del artículo 256 del Código Orgánico Procesal Penal, y se ratifica la medida consistente en la prohibición de comunicarse con la víctima, establecida en el ordinal sexto del prenombrado artículo 256, en lo referente a la solicitud de autorización de salir del país, el Tribunal no se pronuncia en virtud de que en la cautelares antes acordadas no comprendía tal prohibición, por lo que dicho imputado puede viajar, mientras no afecte su régimen mensual de presentación. En consecuencia Notifíquese a la partes de lo acordado en la pr.....