DISPOSITIVA
Por todo lo antes expuesto este Primero de Control del Circuito Judicial Penal del Estado Falcón, extensión Punto Fijo, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley Decreta la LIBERTAD PLENA a los ciudadanos PADRINI JOSE LUIS, venezolano, titular de la Cédula de Identidad N° 11. 710481, soltero, Comerciante, residenciado en el Sector del Este BELLA VISTA, avenida Táchira. En Punto Fijo. de conformidad con el ordinal primero del artículo 44 de la Constitución Nacional y los artículos 8, 9 y 243 del Código orgánico Procesal Penal, por cuanto no están llenos los extremos del artículo 250 del referido Código Adjetivo. Se ordena la tramitación de la presente causa por el procedimiento ordinario, notifíquese a las partes de la publicación de la presente decisión y remítanse las presentes actuaciones a la Fiscalia respectiva en su oportunidad procesal. Así se decide
LA JUEZ PRIMERO DE CONTROL
ABG. NARQUIS CHIRINOS
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