En consecuencia este Tribunal Primero de Control del Circuito Judicial Penal del Estado Falcón, Extensión Punto Fijo, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley ACUERDA: Declarar sin lugar la Solicitud del Ministerio Publico de Privación Judicial de Libertad de los ciudadanos MARISOL MILAGROS REYES, titular de la cédula de identidad Nº 13.554.433, y JONATHAN ALEXANDER DÍAZ PETIT ,por la presunta comisión del delito de Trafico de Sustancias Estupefacientes y Psicotrópicas; Declara la Nulidad Absoluta del Acta de Visita Domiciliaría por ser violatoria del articulo 47 de la Constitución de la Republica Bolivariana de Venezuela y 210 del Código Orgánico Procesal Penal, En consecuencia la libertad plena de los imputados.. Notifíquese a las partes de la presente decisión Así se decide.
La Juez Primero de Control,
Abg. Narquis Chirinos
LA SECRETARIA
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