En consecuencia, este Tribunal Primero de Primera Instancia en funciones de Control del Circuito Judicial Penal del Estado Falcón extensión Punto Fijo, Administrando Justicia en Nombre de la Republica Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley Decreta, al ciudadano : Bello Galicia Daniel Jesús: venezolano, Titular de la cédula de identidad número V. ? 10.967.859, Fecha de Nacimiento: 20 ? 04 ? 1969, de 37 años de edad, Profesión u oficio: comerciante, estado civil: casado, natural de Punto Fijo estado Falcón, Cuarto grado de educación básica como grado de instrucción, residenciado en Villa Marina Calle Federación, casa número 21, de color blanco, a lado de la iglesia; hijo (a) de Melquíades Bello y Maria de Bello, la Libertad Plena por cuanto no es posible atribuirle la presunta comisión del delito de Homicidio en Grado de Frustración, previsto y sancionado en el artículo 405, del Código Penal, en concordancia con el 2° numeral del artículo 80 ejusdem.. todo de conformidad con .....