Este Tribunal Segundo de Primera Instancia en Mediación y Sustanciación del Circuito Judicial de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes del estado Falcón, extensión Punto Fijo, Administrando Justicia en el nombre de la Republica Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley DISCIERNE, el cargo de CURADOR AD-HOC, en la persona de la ciudadana HERMINDA ROSALÍA SALAZAR DE MELENDEZ, ya identificada, a fin de que lo ejerza, sobre la adolescente (Se omite nombre conforme al artículo 65 de la LOPNNA).