Este Tribunal Segundo de Primera Instancia de Mediación y Sustanciación de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes de la Circunscripción Judicial del Estado Falcón con sede en Punto Fijo, de conformidad con lo establecido en el artículo 937, del Código de Procedimiento Civil, en concordancia con lo establecido en el artículo 16, ejusdem, y en atención a lo solicitado, declara como: ÚNICOS Y UNIVERSALES HEREDEROS, de la ciudadana YENNY ALEXANDRA REA RODRIGUEZ, Fallecido en fecha 13 de noviembre de 2.012, al ciudadano OSWALDO PARIATA GUTIERREZ, titular de la cedula de identidad Nº V-4.362.461 y a su hija (se omite nombre), de ocho (08) años de edad, respectivamente, de conformidad con los artículos 814 y 815 del Código Civil Venezolano.
Se faculta suficientemente a la Secretaría de este Tribunal para que certifique las copias respectivas y sean entregadas al interesado.
PUBLIQUESE Y REGISTRESE.