este Tribunal Segundo de Primera Instancia de Mediación y Sustanciación del Circuito Judicial de Protección de Niños Niñas y Adolescente de la Circunscripción Judicial del Estado Falcón, con sede en Punto Fijo, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, DECLARA DISUELTO EL VÌNCULO MATRIMONIAL que unía a los ciudadanos FRANCISCO JOSE ESTEVES e YRIS LEONOR GOITIA WEFFER, titulares de las cédulas de identidad Nº V-11.476.959 y V-12.495.029, respectivamente, contraído en fecha 05 de Septiembre de 1995, por ante la entonces prefectura Civil de Pueblo Nuevo Municipio Falcón del Estado Falcón la cual corre inserta bajo el acta Nº 61, del libro de Registro civil de Matrimonios llevados en ese Despacho.