IV
DISPOSITIVA
Por todo lo anteriormente expuesto, este Tribunal Primero en funciones de Juicio del Circuito Judicial Penal del Estado Falcón Extensión Punto Fijo, administrando Justicia en nombre de la República y por Autoridad de la ley, conforme a lo dispuesto en el artículo 48 ordinal 1ª y 318 ordinal 3ª DECRETA LA EXTINCION DE LA ACCION PENAL Y POR ENDE EL SOBRESEIMIENTO DE LA PRESENTE CAUSA en relación al procesado Gustavo Antonio Rodríguez Alvarez, venezolano, mayor de edad, soltero, portador de la cédula de identidad Nro. 18.769.024, residenciado en el Barrio Santa Rosalía, calle Zambrano, casa Nro. 02, Punto Fijo Estado Falcón, a quien se le instruía la presente causa por la presunta comisión del delito de HURTO SIMPLE, previsto y sancionado en el artículo 453 del Código Penal venezolano. Líbrense las respectivas notificaciones. Cúmplase.