En consecuencia, éste Tribunal Primero de Primera Instancia en Funciones de Juicio del Circuito Judicial Penal del Estado Falcón Extensión Punto Fijo Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, conforme a lo previsto en el artículo 264 del Código Orgánico Procesal Penal DECRETA: CON LUGAR la solicitud hecha por el abogado JESUS TADEO MORALES en su condición de defensor Publico del ciudadano FRANK YOGUIS CONTRERAS, Venezolano, titular de la C.I: V-13.934.263, soltero de 37 años de edad, nacido en fecha 24-02-1974, de profesión Albañil, hijo de Olga de Umbría y Jesús Antonio Montero, domiciliado en Antiguo Aeropuerto, Sector 7, Calle 02, casa Nº 19, Punto Fijo, Municipio Carirubana del Estado Falcón; IMPONIÉNDOLE al mismo la medida cautelar prevista en el ordinal 3º y 4º del artículo 256 del Código Orgánico Procesal Penal, consistente en la presentación cada 08 días por ante la Oficina de Alguacilazgo de este Circuito Judicial Pena.....