DISPOSITIVA
En consecuencia de lo antes motivado y suficientemente razonado, éste Tribunal Primero de Juicio del Circuito Judicial Penal del Estado Falcón, Extensión Punto Fijo, Administrando Justicia en Nombre de la República y por la Autoridad que le confiere declara CULPABLE al acusado: MIGUEL IRAUSQUIN MONTOYA COLINA, venezolano, titular de la cedula de identidad Nº V-13.987.990, nacido en fecha 18-09-1975, estado civil soltero, domiciliado Urbanización Santa Rosa, calle Ayacucho 1°, casa Nº 21, Maracay Estado Aragua, por la comisión de los delitos de ROBO AGRAVADO EN GRADO DE FRUSTRACION, PORTE ILICITO DE ARMA DE FUEGO y LESIONES PERSONALES GRAVES previsto y sancionado en los artículos 458 en concordancia con el 82, 277 y 415 todos del Código Penal, y se le Condena a cumplir la pena de Doce (12) AÑOS DE PRISIÓN. Se fija como fecha Provisional para la Culminación de la Condena el día 29-10-2021, sin perjuicio del cómputo de pena que efectuará el Tribunal de Ejecución respectivo.....