éste Tribunal Primero de Primera Instancia en Funciones de Juicio del Circuito Judicial Penal del Estado Falcón Extensión Punto Fijo Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, DECRETA AMPLIARLE LA MEDIDA CAUTELAR SUSTITUTIVA DE LIBERTAD al acusado MANUEL JOSE RUIZ GOMEZ , venezolano, titular de la cédula de identidad número V-4.495.639, nacida el día, 03-10-1996, de oficio obrero, residenciado en el barrio 23 de enero calle artigas casa nº 12 Punto Fijo Estado Falcón, IMPONIÉNDOLE a su vez la medida cautelar sustitutiva de libertad prevista en el ordinal 3º del artículo 256 del Código Orgánico Procesal Penal, consistente en la presentación por ante este Tribunal cada veinte (20) días, manteniendo la medida cautelar referida al ordinal 4ª prohibición de salida de la península de paraguana. En cuanto a la procesada EGLEE TEODORA RUIZ MAVO, venezolana, titular de la cédula de identidad número V-7.520.785, nacida el día, 19-01-1.....