Por los fundamentos de hecho y de derecho antes expuestos, este Tribunal de Primera Instancia en funciones de Primero de Juicio constituido de manera unipersonal en la presente causa signada con el número 1K11-P-2000-07, Administrando Justicia en nombre de la República y por Autoridad de la Ley, DECLARA EL SOBRESEIMIENTO de la causa conforme lo preceptuado en el ordinal 3º. del artículo 318 del Código Orgánico Procesal Penal, únicamente en lo que corresponde al ciudadano ADAM SEGUNDO MORILLO, venezolano, nacido el 11 de Julio de 1972, natural de Punta Cardón, Estado Falcón, titular de la cédula de identidad número 11.767.461, domiciliado en la casa sin número, vía hacia la Concha, Punta Cardón del Estado Falcón, por la presunta comisión del delito de aprovechamiento de cosas provenientes del delito previsto y sancionado en el artículo 472 del Código Penal, en virtud de haber operado la extinción de la acción penal por la prescripción de la misma, conforme con lo previsto en los a.....