DISPOSITIVA
Por los razonamientos anteriormente expuestos, este Tribunal Unipersonal de Primera Instancia en Funciones de Primero de Juicio del Circuito Judicial Penal de la Circunscripción Judicial del Estado Falcón, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley DECRETA: PRIMERO: CONDENA, al acusado. Francisco Ramón de Abreu Revilla, titular de cedula de identidad Nº 11.772.015, mayor de edad, nacido en fecha 01/10/1973, de profesión obrero, domiciliado en la Calle Uruguay entre Progreso y Ayacucho Nº 87-55, de Punto Fijo, estado Falcón, a cumplir la pena de CINCO (05) AÑOS DE PRISIÒN, más las penas accesorias establecidas en el artículo 16, por la comisión del delito de Distribución Ilícita de Sustancias Estupefacientes y Psicotrópicas, previsto y sancionado en el Tercer aparte del artículo 31de la Ley Orgánica Contra el Trafico Ilícito y el Consumo de Sustancias Estupefacientes y Psicotrópicas (vigente para la época que ocurr.....