Por todo lo anteriormente expuesto, este Tribunal Primero de Juicio del Circuito judicial Penal Extensión Punto Fijo, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, sobre la base del criterio jurisprudencial señalado por la Sala Constitucional del tribunal Supremo de Justicia en decisión Nro. 3744 emanada en fecha 22-12-2003, resuelve ordenar la celebración del juicio oral y público de manera unipersonal en la presente causa que se instruye a los ciudadanos MIGUEL IRAUSQUIN MONTOYA COLINA por la presunta comisión del delito de ROBO AGRAVADO, LESIONES Y PORTE ILICITO DE ARMA DE FUEGO, previstos y sancionados en los artículos 458, 277, 82 y 415 del Código Penal venezolano. Se procede a fijar el juicio oral y público para el día Miércoles 27 de Mayo de 2009, a las diez (10:00 a.m.). En consecuencia, se ordena la notificación de las partes. Cúmplase.