Por todas las razones de hecho y de derecho antes expuestas, este Tribunal Primero de Primera Instancia Penal en funciones Juicio, del Circuito Judicial Penal del Estado Falcón Extensión Punto Fijo, Administrando Justicia en nombre de la República y por Autoridad de la Ley, declara con lugar el requerimiento Fiscal efectuada Por el Ministerio Público, y en consecuencia de conformidad con lo pautado en el ordinal 2° del artículo 262 del Código Orgánico Procesal Penal, REVOCA LA MEDIDA CAUTELAR SUSTUTIVA DE LIBERTAD, impuesta en fecha 22/08/2006, al ciudadano imputado JEAN CARLOS MANZANO GUTIERREZ, titular de la cédula de identidad Nº 13.934.897, de Profesión u Oficio Desempleado, nacido en fecha: 07-03-1978, de Estado Civil Soltero, residenciado en BELLA VISTA, CALLE ARAUCA, CASA N° 19, CERCA DEL HOTEL DEL ESTE, PUNTO FIJO, ESTADO FALCON, a quien se le sigue el presente asunto penal por la presunta comisión del Delito de VIOLENCIA FISICA, previsto y sancionado en el artículo 17 de la.....