En consecuencia, éste Tribunal de Primera Instancia en Funciones de Primero de Juicio del Circuito Judicial Penal del Estado Falcón Extensión Punto Fijo Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, DECRETA LA LIBERTAD del ciudadano JESUS MARTINEZ ESPINOZA, de nacionalidad venezolana, de 24 años de edad, titular de la cédula de identidad número 13.225.315, soltero, natural del Estado Vargas, residenciado en el barrio Josefa Camejo, calle Ramón Ruiz Polanco, casa sin número, Punto Fijo del Estado Falcón, IMPONIÉNDOLE a su vez la medida cautelar prevista en el ordinal 8º. del artículo 256 del Código Orgánico Procesal Penal, en concordancia con el artículo 258 y 260 ejusdem, consistente en la constitución de una caución personal en favor de cada uno de los procesados por dos personas idóneas, a los efectos de esta idoneidad deberán observarse los extremos contenidos en el artículo 258 del Código Orgánico Procesal Penal, estableciénd.....