Este Tribunal se abstiene de materializar la libertad ordenada hasta tanto se constituya la fianza ordenada como medida cautelar. Ofíciese al Internado Judicial de la ciudad de Coro ordenando el traslado de los acusado para el día martes 1 de Marzo de 2005. Líbrese boleta de notificación al Ministerio Público y a la Defensa.
El Juez Primero de Juicio,
Abog. JESUS ARMANDO INCIARTE.
La Secretaria,
Abog. MARIELA MORILLO.