Por todo lo antes expuesto este Tribunal Primero de Juicio del Circuito Judicial penal del Estado Falcón, Extensión Punto Fijo, Administrando Justicia en nombre de la República y por Autoridad de la Ley, NIEGA LA SUSTITUCIÓN DE LA MEDIDA DE PRIVACIÓN JUDICIAL DE LIBERTAD que fuera decretada en fecha 10 de junio de 2006, por el Tribunal Tercero de Control de este mismo Circuito Judicial Penal, POR UNA MEDIDA MENOS GRAVOSA, como lo solicitada la defensa. En consecuencia mantiene la Medida de Privación Judicial Preventiva de Libertad al ciudadano ALBERTO RAMÓN CARRASQUERO, venezolano, de 54 años de edad, alfabeto, soltero, portador de la cédula de identidad No. 4.787.870, nacido en fecha 16-11-1952, y residenciado en la calle México, casa s/n, al lado de la calle 36, Centro de Punto Fijo Estado Falcón, por la presunta comisión del delito de DISTRIBUCIÓN ILÍCITA DE SUSTANCIAS ESTUPEFACIENTES y PSICOTRÓPICAS, previsto y sancionado en el tercer aparte del artículo 31 de la Ley Orgánica Cont.....