Como consecuencia de lo antes motivado y suficientemente razonado, éste Tribunal Primero de Juicio del Circuito Judicial Penal del Estado Falcón, Extensión Punto Fijo, Administrando Justicia en Nombre de la República y por la Autoridad que le confiere considera Culpables a los acusados: FRANKLIN JOSE CHIRINOS, venezolano, titular de la cedula de identidad N° V-13.106.925, nacido en fecha 09-03-1971, estado civil soltero, domiciliado en la calle progreso, entre paraguay e independencia, casa al lado de la N° 24-234, Punto fijo, Estado Falcón. Acto seguido se paso al estrado al ciudadano quien se identificó como RENE COROMOTO ROJAS, venezolano, titular de la cedula de identidad N° V-4.181.705, nacido en fecha 04-09-1954, estado civil soltero, domiciliado en el barrio Andrés Eloy Blanco, Calle Rivas N° 84, Punto fijo, Estado Falcón por la presunta comisión del delito de DISTRIBUCIÓN ILÍCITA DE SUSTANCIAS ESTUPEFACIENTES Y PSICOTRÓPICAS, para FRANKLIN JOSE CHIRINOS previsto y sancionado .....