este Juzgado Primero de Primera Instancia en funciones de Juicio del Circuito Judicial Penal del Estado Falcón Extensión Punto Fijo, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, actuando conforme a lo dispuesto en el artículo 262 ordinal 3° del Código Orgánico Procesal Penal, acuerda revocar la medida cautelar sustitutiva de libertad al ciudadano LUIS MANUEL SEMECO, de nacionalidad venezolana, mayor de edad, portador de la cédula de identidad Nro. 19.880.256, residenciado en la Calle Espalña, Pueblo Nuevo, casa s/n, Punto Fijo estado Falcón, procesado por la presunta comisión del delito de ROBO EN LA MODALIDAD DE ARREBATON previsto y sancionado en el artículo 455 del Código Penal venezolano, en perjuicio de la ciudadana BELITZA CAROLINA CAMACARO COLINA, y por consiguiente, se ordena librar la Orden de Aprehensión respectiva. Líbrense los oficios correspondientes. Cúmplase.
El Juez Títular Primero de Juicio
Abg. Kervin E. Vi.....