En virtud de las consideraciones que preceden, este Juez Primero de Juicio de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes de la Circunscripción Judicial del Estado Falcón, con sede en Punto Fijo, actuando en nombre de la República Bolivariana de Venezuela, y por Autoridad de la Ley declara sin lugar la solicitud de modificación de custodia como atributo de la responsabilidad de crianza intentada por el ciudadano JUAN JOSE LUGO PADILLA, venezolano, mayor de edad, titular de la cedula de identidad Nro. 13.106.482, conjuntamente con la Abogada MARISELA GUINAND, en su carácter de Fiscal Novena del Ministerio Público, a favor de la niña SE OMITE NOMBRE, en contra del ciudadana CARMEN OLINDA GARCIA, venezolana, mayor de edad, titular de la cedula de identidad Nro14.926.791.
Dada la naturaleza del fallo, se deja sin efecto la medida cautelar acordada.
Se condena en costas al ciudadano Juan José Lugo.
Regístrese, publíquese, y déjese copia de la presente.....