En consecuencia, este Tribunal Primero de Primera Instancia de Juicio del Circuito Judicial de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes de la Circunscripción Judicial del estado Falcón, sede Punto Fijo, actuando en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley homologa el acuerdo de modificación de régimen de convivencia familiar al cual han llegado las partes, la ciudadana Marisol Vasconcelos Dos Santos, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N° 9.810.409, y el ciudadano Humberto José Méndez Gutiérrez, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N° 7.567.668. Por lo que, queda modificada la convivencia familiar, establecida en la sentencia de fecha 07 de noviembre de 2011, en el expediente IP31-J-2011-000656, dictada por este Tribunal, por lo que, queda establecido que el Adolescente SE OMITEN NOMBRES CONFORME AL ARTICULO 65 DE LA LOPNNA, serán buscados por su Madre, en la escuela los días Lunes y Miérco.....