En base a lo anteriormente expuesto, este Tribunal Superior de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes de la Circunscripción Judicial del estado Falcón, con sede en Punto Fijo, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la ley declara: PRIMERO: DESISTIDA la recusación propuesta mediante diligencia de fecha 14 de agosto de 2015, por la parte demandada, ciudadana Oceanía Chiquinquirá Monasterio viuda de Pannitto, titular de la cédula de identidad n.º 4.178.896, debidamente asistida por el abogado José Gregorio Gómez, inscrito en el Inpreabogado bajo el n.º 64.820, en contra del abogado Agustín Rafael Wietstruck Sequera, en su carácter de Juez Accidental Primero de Primera Instancia de Mediación Sustanciación, con competencia en ejecución del Circuito Judicial de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes de la Circunscripción Judicial del estado Falcón, con sede en Santa Ana de Coro, en la causa signada con el n.º JMS-2015-029 (nomenclat.....