. Por todo lo anteriormente expuesto y dando cumplimiento a lo previsto en el articulo 494 del Código Orgánico Procesal Penal, Este Tribunal Penal de Ejecución Extensión Punto Fijo ACUERDA: Otorgar el Beneficio de Suspensión Condicional de la ejecución del a pena, hasta el cumplimiento total de la pena impuesta al penado Álvaro Rodríguez Acuña-Colombiano, soltero, mayor de edad, oficio mecánico, nacido en Santa Marta Colombia en fecha 28 de Septiembre de 1964 y titular de la cedula de identidad N° E.72, 335.584.
Quedando obligado de conformidad alo previsto en el artículo 495 del Código Orgánico Procesal Penal a cumplir las siguientes condiciones:
1. Continuar residenciado en Punto Fijo, Municipio Carirubana, Estado Falcón.
2. No ausentarse del Estado Falcón, ni cambiar de residencia, sin autorización de este Tribunal de Ejecución.
3. Someterse a las condiciones que le imponga el delegado de prueba designado por la Unidad Técnica de Apoyo Penitenciario de la ciudad de Cor.....